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Orden jurídico nacional e internacional en materia de bioseguridad de organismos genéticamente modificados

Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (México).
Tipo de material: Libro
 impreso(a) 
 
  y electrónico  
  Libro impreso(a) y electrónico Editor: Distrito Federal, México: Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, 2005Descripción: 306 P. : ilustraciones ; 21 centímetros.ISBN: 9786078273140.Tema(s): Organismos modificados genéticamente | Bioseguridad | Variación genética | Legislación | BiotecnologíaDescriptor(es) geográficos: México Clasificación: 631.523 / O6 Nota de acceso: Acceso en línea sin restricciones Número de sistema: 57708Contenidos:Mostrar Resumen:
Español

Presentación: El desarrollo y la implementación de un marco jurídico nacional, en concordancia con el marco internacional, ha permitido avanzar significativamente en actividades de utilización confinada; liberación experimental, piloto y/o comercial; importación y exportación de organismos genéticamente modificados, tales como el maíz, algodón, soya, trigo, cítricos, frijol, canola, alfalfa, papa y remolacha. Esta situación ha posicionado a México como líder regional en materia de bioseguridad y desarrollo de biotecnología. Han pasado dieciséis años desde la creación por decreto de la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados (CIBIOGEM) integrada por los titulares de las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), Salud, Educación Pública(SEP), Hacienda y Crédito Público (SHCP) y Economía (SE), así como el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT); y diez años de su inclusión en la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM), destacándose la labor que esta Comisión desempeña como órgano formulador de políticas y coordinación al más alto nivel, de acciones de cumplimiento a las obligaciones nacionales e internacionales del Estado mexicano en materia de bioseguridad,con lo que día a día consolida su labor. La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación preside la Comisión para el periodo 2015-2016 y tiene el firme compromiso de fortalecer el marco jurídico nacional, impulsar la investigación y el desarrollo tecnológico nacionales, promover la vinculación de la ciencia con los sectores productivos y contribuir a materializar el mandato del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 referente al aprovechamiento del desarrollo de la biotecnología, cuidando el medio ambiente y la salud humana.

Este compendio de normas jurídicas sobre bioseguridad a nivel nacional e internacional, se presenta como una herramienta de fácil consulta, para aquellos que de una u otra manera deseen conocer o dar cumplimiento a la regulación vigente, sean estudiantes, investigadores, docentes, productores, reguladores o servidores públicos, por mencionar algunos. Esperamos que también sea de utilidad y contribuya a que la sociedad mexicana se familiarice con la legislación que regula a los OGMs en México. Hoy es posible hacer un uso seguro de la biotecnología para beneficio de México; corresponde al Estado mexicano, por conducto de las Secretarías competentes, promover la aplicación y cumplimiento de las disposiciones jurídicas en bioseguridad. A lo largo de estos años se ha ido completando el marco normativo y en el futuro se seguirá haciendo, en la medida que los desarrollos científicos así lo demanden, siempre privilegiando la conservación de la diversidad biológica, el medio ambiente, la salud y los derechos humanos.

Recurso en línea: http://conacyt.gob.mx/cibiogem/images/cibiogem/normatividad/vigente/Orden-juridico/eBookOrdenJuridico20151203.pdf
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Presentación.. Introducción.. 1. Convenio sobre la Diversidad Biológica.. 2. Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología.. 3. Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados.. 4. Reglamento de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados.. 5. Reglamento de la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados.. 6. Acuerdo por el que se expiden las Reglas de Operación de la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados.. 7. Acuerdo por el que se determina la información y documentación que debe presentarse en el caso de realizar actividades de utilización confinada y se da a conocer el formato único de avisos de utilización confinada de organismos genéticamente modificados.. 8. Acuerdo por el que se determinan Centros de Origen y Centros de Diversidad Genética del Maíz.. 9. Norma Oficial Mexicana NOM-164-SEMARNAT/ SAGARPA-2013, Que establece las características y contenido del reporte de resultados de la o las liberaciones realizadas de organismos genéticamente modificados, en relación con los posibles riesgos para el medio ambiente y la diversidad biológica y, adicionalmente, a la sanidad animal, vegetal y acuícola.. 10. Norma Oficial Mexicana NOM-001-SAG/BIO-2014, Especificaciones generales de etiquetado de organismos genéticamente modificados que sean semillas o material vegetativo destinados a siembra, cultivo y producción agrícola.. 11. Protocolo de Nagoya - Kuala Lumpur sobre Responsabilidad y Compensación Suplementario al Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología

Acceso en línea sin restricciones

Presentación: El desarrollo y la implementación de un marco jurídico nacional, en concordancia con el marco internacional, ha permitido avanzar significativamente en actividades de utilización confinada; liberación experimental, piloto y/o comercial; importación y exportación de organismos genéticamente modificados, tales como el maíz, algodón, soya, trigo, cítricos, frijol, canola, alfalfa, papa y remolacha. Esta situación ha posicionado a México como líder regional en materia de bioseguridad y desarrollo de biotecnología. Han pasado dieciséis años desde la creación por decreto de la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados (CIBIOGEM) integrada por los titulares de las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), Salud, Educación Pública(SEP), Hacienda y Crédito Público (SHCP) y Economía (SE), así como el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT); y diez años de su inclusión en la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM), destacándose la labor que esta Comisión desempeña como órgano formulador de políticas y coordinación al más alto nivel, de acciones de cumplimiento a las obligaciones nacionales e internacionales del Estado mexicano en materia de bioseguridad,con lo que día a día consolida su labor. La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación preside la Comisión para el periodo 2015-2016 y tiene el firme compromiso de fortalecer el marco jurídico nacional, impulsar la investigación y el desarrollo tecnológico nacionales, promover la vinculación de la ciencia con los sectores productivos y contribuir a materializar el mandato del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 referente al aprovechamiento del desarrollo de la biotecnología, cuidando el medio ambiente y la salud humana. spa

Este compendio de normas jurídicas sobre bioseguridad a nivel nacional e internacional, se presenta como una herramienta de fácil consulta, para aquellos que de una u otra manera deseen conocer o dar cumplimiento a la regulación vigente, sean estudiantes, investigadores, docentes, productores, reguladores o servidores públicos, por mencionar algunos. Esperamos que también sea de utilidad y contribuya a que la sociedad mexicana se familiarice con la legislación que regula a los OGMs en México. Hoy es posible hacer un uso seguro de la biotecnología para beneficio de México; corresponde al Estado mexicano, por conducto de las Secretarías competentes, promover la aplicación y cumplimiento de las disposiciones jurídicas en bioseguridad. A lo largo de estos años se ha ido completando el marco normativo y en el futuro se seguirá haciendo, en la medida que los desarrollos científicos así lo demanden, siempre privilegiando la conservación de la diversidad biológica, el medio ambiente, la salud y los derechos humanos. spa

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