Reparaciones con perspectiva de género Julie Guillerot
Tipo de material:
Libro
impreso(a)
y electrónico
Idioma: Español Detalles de publicación: México Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos 2009Descripción: 120 páginas 21 centímetrosISBN: - 9789213541203
- 346.0134097 G8
- Disponible en línea
| Tipo de ítem | Biblioteca actual | Colección | Signatura topográfica | Estado | Código de barras | |
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Bibliografía: páginas 113-120
AGRADECIMIENTOS.. PRESENTACIÓN.. RESUMEN EJECUTIVO.. LISTA DE ABREVIATURAS.. I. INTRODUCCIÓN.. II. MARCO CONCEPTUAL.. 2.1. La reparación.. 2.1.1. La reparación a los individuos por violaciones a los derechos humanos en el ámbito judicial.. 2.1.1.1. El origen del concepto de reparación: la responsabilidad.. 2.1.1.2. Las consecuencias de la responsabilidad internacional por violaciones a los derechos humanos.. 2.1.1.3. La reparación y sus elementos.. 2.1.2. La reparación a los individuos por violaciones a los derechos humanos en el ámbito programático administrativo.. 2.1.2.1. El concepto y la filosofía de un programa de reparaciones.. 2.1.2.2. Los elementos de un programa de reparaciones.. 2.2. La perspectiva de género.. 2.2.1. Conceptos.. 2.2.2. Evolución en la incorporación de la perspectiva de género en el DIDH.. III. DANDO UNA PERSPECTIVA DE GÉNERO A LAS REPARACIONES: LA PRÁCTICA.. 3.1. La práctica en el ámbito judicial y cuasi-judicial.. 3.1.1. El sistema universal de derechos humanos.. 3.1.1.1. El Comité CEDAW.. 3.1.1.2. Comité de Derechos Humanos.. 3.1.2. Los sistemas europeo e interamericano de derechos humanos.. 3.1.2.1. Las/los beneficiarios de las medidas de reparación dictadas y el tratamiento a las/los familiares.. 3.1.2.1.1. Los conceptos de víctima y familiares.. 3.1.2.1.2. Las/los familiares como herederos.. 3.1.2.1.3. Las/los familiares como víctimas y partes lesionadas con derecho propio a reparación.. 3.1.2.2. Las medidas de reparación dictadas.. 3.1.3. Los tribunales penales internacionales.. 3.2. La práctica en el ámbito programático administrativo.. 3.2.1. Primera generación: invisibilidad.. 3.2.1.1. Argentina.. 3.2.1.2. Chile.. 3.2.2. Segunda generación: las dificultades de la visibilización por iniciativa propia.. 3.2.2.1. Sudáfrica y la Comisión de la Verdad y Reconciliación
3.2.2.2. Guatemala y la Comisión de Esclarecimiento Histórico.. 3.2.2.3. Per y la Comisión de la Verdad y Reconciliación.. 3.2.3. Tercera generación: visibilización estatutaria.. 3.2.3.1. Sierra Leona y la Comisión de Verdad y Reconciliación.. 3.2.3.2. Timor Leste y la Comisión de Acogida, Verdad y Reconciliación.. IV. LECCIONES APRENDIDAS Y RECOMENDACIONES.. 4.1. El paso previo: la verdad judicial o histórica en clave de género.. 4.2. Del género de la verdad judicial o histórica al género de la reparación.. 4.2.1. La noción de víctima.. 4.2.2. La definición de las formas de reparación.. 4.2.2.1. Considerar explícitamente el potencial efecto estigmatizante de los crímenes.. 4.2.2.2. Considerar explícitamente el potencial efecto estigmatizante de las medidas de reparaciones.. 4.2.2.3. Considerar explícitamente el potencial efecto transformador de algunos beneficios.. 4.2.3. La implementación de las reparaciones.. V. CONCLUSIONES.. BIBLIOGRAFÍA..
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